|
TITULO I. NORMAS GENERALES
Art. 1 El presente Reglamento contiene las normas de procedimiento
sobre matrícula de alumnos en la Universidad Católica del Norte.
Art. 2 Toda persona que adquiere la calidad de alumno de la Universidad
Católica del Norte, ya sea de pre y post-grado, deberá cancelar aranceles por concepto
de incorporación de matrícula anual, según las normas que se estipulan en el siguiente
Reglamento.
Art. 3 Los valores de los aranceles que se definen en los artículos 4
y 16 del presente reglamento serán oficializados por Decreto de Rectoría. |